PARTIDO POLÍTICO

ALCALDE: Rodrigo Loyola Morenilla
PROFESIÓN: Arquitecto
DIRECCIÓN: Calle Graig Nª 530 Huasco
FONO /FAX: 051-531039-531042-531010
EMAIL: No disponible
   
 
 

Representar judicial y extrajudicialmente a la municipalidad;

Proponer  al concejo la organización interna de la municipalidad;

Nombrar  y  remover a los funcionarios de su dependencia de acuerdo con las normas                        

   estatutarias que los rijan;

Velar por la observancia del principio de la probidad administrativa dentro del municipio y aplicar

   medidas disciplinarias al personal de su dependencia, con las normas estatutarias que lo rijan.

 Administrar los recursos financieros de la municipalidad, de acuerdo con las normas sobre   

   administración financiera del Estado;

Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público de la comuna que correspondan en

   conformidad a la ley;

Otorgar, renovar y poner término a permisos municipales;

 Adquirir y enajenar bienes muebles;

 Dictar resoluciones obligatorias de carácter general o particular,

 Delegar el ejercicio de parte de sus atribuciones exclusivas en funcionarios de su dependencia o en los

   delegados que designe. Igualmente podrá delegar la facultad para firmar, bajo la fórmula "por orden del

   alcalde", sobre materias específicas;

 Coordinar el funcionamiento de la municipalidad con los órganos de la Administración del Estado que

   corresponda;

 Coordinar con los servicios públicos la acción de éstos en el territorio de la comuna;

Ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios para el adecuado cumplimiento de las funciones de la

   municipalidad y de lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley Nº 18.575;

 Convocar y presidir, con derecho a voto, el concejo; como asimismo, convocar y presidir el consejo

    económico y social comunal;

 Someter  a plebiscito las materias de administración local.

 Autorizar la circulación de los vehículos municipales fuera de los días y horas de trabajo, para el

   cumplimiento de las funciones inherentes a la municipalidad, y

 Remitir oportunamente a la Contraloría General de la República un ejemplar de la declaración de

    intereses, exigida por el artículo 61 de la ley Nº 18.575

 Podrá designar delegados en localidades de la sede del municipio o en cualquier parte de la comuna,

   cuando las circunstancias así lo justifiquen.

 
 

 
   
 

Gobierno de Chile

Sercotec

Capital Semilla

Sernatur

Servicio de Impuestos Internos
Dirección Meteorológica de Chile 
 
 
 
 
 

 

 

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